CIUDADANOS DE LA UE Y SUS FAMILIARES
Asesoramos a nacionales de otros estados miembros de la UE en la obtención de su certificado de residencia español cuando su estancia sea superior a 90 días, ya sea por estudios o empleo.
El ciudadano de la UE debe demostrar estar empadronado y tener medios económicos suficientes (contrato de trabajo o ahorros).
También asistimos en la obtención de autorizaciones de residencia para sus familiares no pertenecientes a la UE.
El permiso suele concederse por cinco años e incluye autorización para trabajar.
Los ciudadanos de la UE pueden patrocinar tanto a familiares directos como extensos, siempre que se demuestre dependencia económica.
El ciudadano de la UE debe demostrar estar empadronado y tener medios económicos suficientes (contrato de trabajo o ahorros).
También asistimos en la obtención de autorizaciones de residencia para sus familiares no pertenecientes a la UE.
El permiso suele concederse por cinco años e incluye autorización para trabajar.
Los ciudadanos de la UE pueden patrocinar tanto a familiares directos como extensos, siempre que se demuestre dependencia económica.
Programe una consulta para determinar si su familiar puede obtener este permiso.
